El miércoles pasado, el Presidente Piñera promulgó la Ley de Portabilidad Financiera, normativa que busca mejorar la competencia y la transparencia en el mercado, al permitir a personas y micro y pequeñas empresas cambiarse más fácilmente de banco o empresa de servicios financieros, junto con favorecer el refinanciamiento de créditos con menores costos y trámites.
¿Cómo es el procedimiento de refinanciar créditos?
En caso de que un cliente haya solicitado un refinanciamiento, se establece un procedimiento de subrogación que permite disminuir los costos y los tiempos empleados en la operación y, a la vez, otorga flexibilidad para que la persona pueda modificar el plazo o la tasa de interés del crédito.
En concreto, con la figura de la subrogación se evita la constitución de nuevas garantías. Por ejemplo, para el refinanciamiento de créditos hipotecarios no se necesitará la constitución de una nueva hipoteca, sino que se deberá realizar solo una anotación al margen de la ya existente. Adicionalmente, se eliminan todos los costos monetarios y de tiempo asociados a la constitución de nuevas garantías. Esto, porque a través de la figura de la subrogación legalmente siguen vigentes las garantías de los créditos actuales, cambiando solo la institución beneficiaria de esas garantías.
¿Qué es la portabilidad financiera?
Nueva normativa que establece, permite y agiliza el cambio de una institución financiera a otra de manera más fácil, barata y rápida respecto del proceso hasta ahora vigente. Entonces, si una persona o empresa no está conforme con los servicios y atención de su actual banco u obtiene condiciones más favorables en otro, podrá presentar una ‘solicitud de portabilidad financiera’ en la nueva institución que eligió. En esta podrá pedir la apertura de nuevos productos financieros, refinanciar créditos y ordenar, si así lo desea, el cierre de los productos que mantiene vigentes en la entidad crediticia actual.
¿Qué debo hacer para solicitarla?
Cualquier persona que esté interesada en cambiarse de institución financiera o en refinanciar sus créditos, podrá solicitar de manera gratuita el certificado de liquidación, documento que contendrá la individualización de todos sus productos, junto con la tasa y comisiones aplicables y el valor que debe desembolsar para prepagar cada uno de sus créditos. Este certificado se puede requerir directamente al proveedor financiero y luego ser enviado a los potenciales nuevos acreedores para que hagan una oferta. O bien, comunicarse directamente con los proveedores con quienes quiere cotizar e indicarles que quiere portar sus productos financieros.
¿Y para cerrar productos?
En caso de que un cliente haya ordenado el cierre de productos financieros vigentes con su institución financiera actual, este no deberá hacer trámites ya que la nueva entidad deberá hacerse cargo de comunicar la orden de cierre.
Recuadro– 60% disminuirá, por ejemplo, el costo de refinanciar un crédito hipotecario de 1.000 UF. Actualmente, el costo de refinanciar este préstamo es de $700 mil, mientras que con la portabilidad financiera este trámite costará $280 mil.
– 40% se acortará el tiempo del proceso de refinanciamiento al eliminarse trámites asociados a la operación: si antes tomaba alrededor de 75 días, con la ley se demorará cerca de 30 días menos: es decir, 45 días. (El Mercurio)